Controle de convencionalidade de direitos humanos: a contribuição das novas tecnologias

295 Enrique César Pérez-Luño Robledo tentes para vigilar el cumplimiento de dichos instrumentos. Tampoco afecta a las obligaciones de los proveedores y los responsables del despliegue de sistemas de IA en su papel de responsables o encargados del tratamiento de datos derivadas del Derecho de la Unión o nacional en materia de protección de datos personales en la medida en que el diseño, el desarrollo o el uso de sistemas de IA impliquen el tratamiento de datos personales. También conviene aclarar que los interesados siguen disfrutando de todos los derechos y garantías que les confiere dicho Derecho de la Unión, incluidos los derechos relacionados con las decisiones individuales totalmente automatizadas, como la elaboración de perfiles. Unas normas armonizadas para la introducción en el mercado, la puesta en servicio y la utilización de sistemas de IA establecidas en virtud del nuevo Reglamento deben facilitar la aplicación efectiva y permitir el ejercicio de los derechos y otras vías de recurso de los interesados garantizados por el Derecho de la Unión en materia de protección de datos personales, así como de otros derechos fundamentales. Conviene recordar que en el sistema institucional de la Unión Europea no existe una estricta división de poderes. Sus principales instituciones son: el Consejo Europeo, encargado de la ejecución de la normativa comunitaria; la Comisión Europea, con competencias legislativas; el Parlamento Europeo; y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante, TJUE), con funciones propiamente jurisdiccionales. El TJUE es la instancia jurisdiccional suprema cuya función es garantizar el respeto del Derecho de la UE en la interpretación y aplicación de los Tratados y de las demás normas emanadas de la Unión. En la actividad jurisdiccional del TJUE tiene una gran importancia la tutela que otorga a los derechos fundamentales, aunque sometida a determinados límites, pues el Tribunal sólo puede controlar la aplicación del Derecho comunitario y los conflictos que esa aplicación pueda provocar, sobre todo, cuando los derechos en juego presentan una importante incidencia social y económica. No obstante, en la medida en que la normativa de la UE incide directamente en materias relacionadas con la protección de los derechos fundamentales, como ocurre en el caso de la protección de datos personales, su jurisprudencia en este ámbito adquiere mayor relevancia (Rodríguez Iglesias; Linán Nogueras, 2002. p. 342 ss.).

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