Discriminação algorítmica, Inteligência artificial, Hipervigilância digital e tomada de decisão automatizada

335 Renato Sebastiani-León Mazza y María Eugenia-Zevallos Loyaga Y que, estos sistemas de reconocimiento facial son usados para realizar vigilancia predictiva, el cual, por la baja data y parámetros erróneos, genera desigualdades hacia las comunidades indígenas, negras y racializadas, y esta se origina por la infrarrepresentación que tienen estas comunidades en el desarrollo de la IA (Govia, 2020, p. 11-16). Además, otro reto es la protección de los conocimientos tradicionales y cultura indígena frente al proceso de entrenamiento de la IA, ya que, esta necesita realizar un proceso de recolección de información, y este actuar sin el consentimiento y participación de los pueblos indígenas, lesiona una serie de derechos, tales como la identidad cultural, autodeterminación, propiedad intelectual indígena. La recopilación y uso de los conocimientos tradicionales en los sistemas de aprendizaje en las diferentes etapas de vida de la IA, debe contar con el consentimiento de los pueblos indígenas que serán objeto de estudio, esto con el propósito de no hacer una apropiación cultural y el enriquecimiento a costa de las comunidades indígenas, quienes en su mayoría no reciben beneficio de estos enriquecimientos empresariales (Mamani; Quispe, 2022, p. 4). Como se aprecia, es esencial realizar un proceso de información adecuada para los pueblos indígenas, reconociendo que cada pueblo tiene sus particularidades. La información proporcionada no solo debe abordar los beneficios, sino también los riesgos asociados, especialmente al suministrar datos para alimentar y entrenar los sistemas de IA. Estos argumentos remiten a lo se alado en el Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales de la Organización Internacional del Trabajo, específicamente en el artículo 15, numeral 2. Aunque este apartado se refiere a propiedades tangibles como minerales o recursos del subsuelo del Estado, recuerda que en cualquier procedimiento en el que participen los pueblos interesados, estos deben recibir los beneficios y una indemnización equitativa por cualquier da o sufrido como resultado de las actividades. Es relevante mencionar los medios de interpretación general y complementarios establecidos en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, el cual refiere que se debe tener presente el contexto y circunstancias de su celebración. Siendo que, el contexto de celebración del Convenio 169, surge por una época en la que mu-

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